El pasado mes de Noviembre se publicó esta sentencia de el Tribunal de lo Contencioso de Cantabria:
Dado que en la ültima reunión de los responsables de la nueva Área Única del Sescam en Ciudad Real se informó de que se iba a implantar la Autocobertura en los Equipos de A. primaria, considero esencial su publicación para que sepamos que , en principio, parece que los Tribunales nos darían la razón si nos negáramos a tamaño desmán y denunciáramos dicha medida si llega a querer implantarse.
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Santander ha reconocido, por primera vez, la utilización fraudulenta que la Administración autonómica anterior hizo de la llamada autocobertura médica: la atención a los pacientes asignados a otros facultativos, en los casos de ausencia de estos últimos, por parte de sus compañeros de centro de salud. Según el juez, Sanidad incumplió un acuerdo firmado en 2007 para la sustitución al cien por cien de las vacaciones y otras contingencias, lo que no puede hacer ni siquiera alegando, como hizo la Consejería, "el marco económico actual y la necesidad de una gestión de personal eficiente".
El recurso, que fue presentado por un médico de atención primaria del Servicio Cántabro de Salud (SCS) que pedía que se le eximiera de la autocobertura ordenada por la Administración, se ha saldado con un duro reproche judicial a la práctica gubernamental de no realizar sustituciones. El juez José Ignacio López Cárcamo puso sobre la mesa el acuerdo que la Consejería de Sanidad y el Comité de Huelga del Sindicato Médico de Cantabria (SMC-CEMS) firmaron el 11 de septiembre de 2007 para poner fin a un paro que se prolongó durante casi nueve meses. En ese acuerdo se estableció, como criterio general, que el SCS sustituiría al cien por cien de los facultativos en periodo de vacaciones o ausentes por otras contingencias que pudieran surgirles, con motivo de permisos y licencias, y con la única excepción de que se encontrara agotada la lista de sustitutos.
El fallo judicial destaca por la contundencia con la que el juez rechaza la alusión de la Administración sanitaria al "delicado marco económico actual, y a la necesidad derivada de una gestión de personal eficiente", que resulta especialmente significativo en la situación de crisis económica actual.
En este sentido, el magistrado López Cárcamo deja claro que la consideración "de buena administración no permite a la Consejería de Sanidad, en modo alguno, actuar en contra de sus propios compromisos formalizados en un acuerdo, salvo que exista una norma que se imponga al mismo y que la Administración no ha alegado". El juez no impone costas judiciales a Sanidad, y deja abierta la vía del recurso de apelación.
El fallo observa, además, que el real decreto 137/1984 sobre las funciones de los equipos de atención primaria recoge que el trabajo en equipo obliga a que "cada uno de sus miembros participe en el estudio, ejecución y evaluación de sus actividades comunes. Pero en su amplitud y ambigüedad es meridiano que dicho precepto no impone el sistema de autocobertura ni descarta el de sustitución, por lo que la Administración no puede ampararse en el mismo para incumplir el Acuerdo al que llegó con SMC-CEMS".
La sentencia, ganada por el Colegio de Médicos de Cantabria, recuerda a Sanidad que "no ha sido capaz de acreditar la concurrencia del agotamiento de la lista de sustitutos", que tampoco ha acreditado los casos en que ha intentado la sustitución, ni tampoco en qué situaciones no ha podido llevarla a cabo por falta de médicos sustitutos.
El recurso, que fue presentado por un médico de atención primaria del Servicio Cántabro de Salud (SCS) que pedía que se le eximiera de la autocobertura ordenada por la Administración, se ha saldado con un duro reproche judicial a la práctica gubernamental de no realizar sustituciones. El juez José Ignacio López Cárcamo puso sobre la mesa el acuerdo que la Consejería de Sanidad y el Comité de Huelga del Sindicato Médico de Cantabria (SMC-CEMS) firmaron el 11 de septiembre de 2007 para poner fin a un paro que se prolongó durante casi nueve meses. En ese acuerdo se estableció, como criterio general, que el SCS sustituiría al cien por cien de los facultativos en periodo de vacaciones o ausentes por otras contingencias que pudieran surgirles, con motivo de permisos y licencias, y con la única excepción de que se encontrara agotada la lista de sustitutos.
- La Consejería de Sanidad aludió en su defensa "al marco económico actual y a la necesidad de una gestión de personal eficiente"
El fallo judicial destaca por la contundencia con la que el juez rechaza la alusión de la Administración sanitaria al "delicado marco económico actual, y a la necesidad derivada de una gestión de personal eficiente", que resulta especialmente significativo en la situación de crisis económica actual.
En este sentido, el magistrado López Cárcamo deja claro que la consideración "de buena administración no permite a la Consejería de Sanidad, en modo alguno, actuar en contra de sus propios compromisos formalizados en un acuerdo, salvo que exista una norma que se imponga al mismo y que la Administración no ha alegado". El juez no impone costas judiciales a Sanidad, y deja abierta la vía del recurso de apelación.
El fallo observa, además, que el real decreto 137/1984 sobre las funciones de los equipos de atención primaria recoge que el trabajo en equipo obliga a que "cada uno de sus miembros participe en el estudio, ejecución y evaluación de sus actividades comunes. Pero en su amplitud y ambigüedad es meridiano que dicho precepto no impone el sistema de autocobertura ni descarta el de sustitución, por lo que la Administración no puede ampararse en el mismo para incumplir el Acuerdo al que llegó con SMC-CEMS".
La sentencia, ganada por el Colegio de Médicos de Cantabria, recuerda a Sanidad que "no ha sido capaz de acreditar la concurrencia del agotamiento de la lista de sustitutos", que tampoco ha acreditado los casos en que ha intentado la sustitución, ni tampoco en qué situaciones no ha podido llevarla a cabo por falta de médicos sustitutos.
Hola Antonio. Me han operado de un STC y no he tenido sustituto. Miedo me da preguntar qué ha hecho el "no coordinador" que tengo. Hasta el día de hoy que me he dado de alta han pasado 26 días. No se han cubierto apenas unos días sueltos y de aquella manera. En 2007 aquí había sustituciones, doy fe porque he hecho muchas. Ahora no cubren a nadie y estoy más que segura que siguen con intención de hacer lo mismo. Sólo les interesa reducir gastos, no nos engañemos. Lo que importa es saber hasta qué punto vamos a seguir haciendo el canelo nosotros mismos. Un abrazo
ResponderEliminarTotalmente de acuerdo. Y a la postre, quién paga tanto sinsentido? Los de siempre, los pacientes, ya que disminuye el tiempo, la atención... y nuestras ganas; vamos cansados, sobrecargados y... hartos! Y todo por el mismo precio.
ResponderEliminarBesos
Efectivamente, la consecuencia más grave de la sobrecarga de los profesionales con estas decisiones es el déficit de calidad en la asistencia a los pacientes,además del menosprecio a los derechos de los médicos . En mi opinión, cada vez que suceda ésto, el equipo , por medio de su coordinador debería intentar por todos los medios que se sustituyeran las bajas, permisos, moscosos ..... y si los gestores "se hacen los sordos" ponerlo en conocimiento del juez para salvar nuestra responsabilidad y denunciar las condiciones en que se nos obliga a cumplir con nuestra misión y de los Colegios de Médicos para que se pronuncien al respecto a través de sus Comisiones Deontológicas. El no hacer nada es la peor de las soluciones, de hecho no soluciona nada y acrecienta los problemas.Besos a las dos
ResponderEliminarAl continuo menosprecio ¿qué respuestas efectivas se han dado? Si individualmente es difícil recabar derechos, colectivamente –vía colegial, asociativa o sindical– deberíamos evitar tanto pisoteo, y sin embargo lo alcanzado es bien poco. Fíjate si tragamos, Antonio, que seguimos poniendo el medio de transporte para la atención domiciliaria, aunque el precio del combustible se dispare y nos recorten el sueldo. ¿Quién reclama que esto se subsane?
ResponderEliminarSaludos cordiales.
LLevas toda la razón, J. Manuel. Cuando sube el combustible no nos aumentan el pago por itinerancia ó por utilizar nuestros vehículos. Lo mismo si se te rompe el tubo de escape por esos caminos de piedras por los que a veces tenemos que transitar en nuestro trabajo. Pensábamos que se había abolido la esclavitud ¿eh?. Un saludo
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